DETALLA PROTECCIÓN CIVIL DEL EDOMÉX INCUMPLIMIENTOS DE ORGANIZACIÓN DEL HELL AND HEAVEN METAL FEST – Edoméx Informa | Noticias del Estado de México

DETALLA PROTECCIÓN CIVIL DEL EDOMÉX INCUMPLIMIENTOS DE ORGANIZACIÓN DEL HELL AND HEAVEN METAL FEST

Toluca, México, 13 de marzo de 2013.

El director general de Protección Civil del Estado de México, Arturo Vilchis Esquivel, detalló que la cancelación del Hell and Heaven Metal Fest 2014 respondió a una serie de irregularidades que supondrían un alto riesgo a la integridad de las cerca de 80 mil personas que se estimaban para este festival, así como al incumplimiento de la normatividad requerida para llevar a cabo un evento masivo de estas características.

 Aclaró que en próximos días serán retirados los sellos de suspensión del recinto Ferial de Texcoco, y si existen propuestas para llevar a cabo eventos en ese lugar no hay objeción por parte de la autoridad de Protección Civil, siempre y cuando se acate y cumpla la normatividad en la materia.

Esto en relación a la proximidad de la edición 2014 de la Feria del Caballo, la cual en años anteriores ha llegado a reunir, durante 21 días de duración, a aproximadamente 120 mil personas, cifra que no se compara con las 80 mil que en diversas ocasiones mencionaron los organizadores del Hell and Heaven ante medios de comunicación y que pretendían reunir en solo dos días, sin acatar las disposiciones de protección civil.

Vilchis Esquivel puntualizó que a raíz de que el gobierno mexiquense determinó la suspensión de actividades relacionadas con la realización del festival, se evidenció la falta de organización y la carencia de una serie de preparativos, por lo que detalló las omisiones e incumplimientos de los organizadores del festival:

1.-  El 30 de diciembre de 2013, el Ayuntamiento de Texcoco autorizó a Jorge Luis Cortes Soto, supuesto administrador del Recinto Ferial, la realización del Hell and Heaven Metal Fest 2014, pero no autorizó el uso del espacio, ni otorgó las autorizaciones de Protección Civil, ni de seguridad y salubridad a las autoridades federales y estatales.

2.- El Recinto Ferial es propiedad del Gobierno del Estado de México, y desde el año 2012 dejó de ser administrado por el patronato, pero el gobierno mexiquense no recibió ninguna solicitud formal por parte de los organizadores ni del patronato para ocupar las instalaciones.

3- Hasta el pasado 5 de marzo, habiendo excedido el término de 10 días antes del evento, Carlos Eduardo López Hernández, de la empresa Live Talent, solicitó formalmente por escrito a la Dirección General de Protección Civil el visto bueno en materia de seguridad, más no del uso del inmueble, sin exhibir documentos que avalaran el cumplimiento de las normas, así como documentación que sustentara su personalidad jurídica, ni el acta constitutiva de la empresa y/o empresas que decía representar.

4- Los organizadores pretendían realizar cambios, entre ellos, agregar un día más al festival, ocupar, además del recinto, terrenos adyacentes; asimismo se diversificó hasta contener juegos mecánicos, peleas de artes marciales, show de free style de motocicletas, zonas de patinetas, exhibición de motocicletas, tatuajes, para acampar y casa del terror.

5- Derivado de lo anterior, el jueves 6 de marzo de 2014, se hizo una inspección  al inmueble, a cargo de Protección Civil, la Coordinación de Regulación Sanitaria y la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente, en presencia de dos notarios públicos, así como de representantes de medios de comunicación y de quien se había auto acreditado como representante de los organizadores y de tres personas más, por lo que al constatarse que se carecían de permisos y la normatividad, se colocaron sellos de suspensión.

6- Se entregó al presunto representante de la empresa, una copia del acta de verificación, así como el citatorio para desahogar la garantía de audiencia constitucional, en los términos del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México el lunes 10 de marzo a las 10:00 horas, a la que no acudió ningún representante del grupo organizador, concluyéndose con la cancelación del evento.

7. El viernes 7 de marzo, un grupo de organizadores se presentó en la oficina del gobernador Eruviel Ávila Villegas, de donde fueron canalizados con el director General de Protección Civil, quien los esperó durante cinco horas, sin que se presentaran ese día ni los posteriores.

8- Los principales requerimientos legales incumplidos fueron:

a)    Modificación de las condiciones físicas del Recinto Ferial, sin los permisos y dictamen requeridos para la protección de los asistentes.

b)    No se contaba con el Programa Específico de Protección Civil, lo que redunda en la falta de una Unidad Interna de Protección Civil, capacitada y funcionando, ni su integración, ni con las constancias de contratación de dichos servicios, realizada por medio del Padrón de Consultores o empresas inscritas en el Registro Estatal de Protección Civil, disponible en el portal del gobierno estatal. No se pudo constatar la existencia de un sistema de alertamiento; la forma de identificación ni de intercomunicación de los brigadistas; ni el código de alertamiento para los asistentes.

c) No se exhibió póliza de seguro por riesgo de vida, accidentes personales y daños a terceros, como lo mandata el Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México.

d) No se presentó constancia del cumplimiento a la norma NOM-03-SEGOB-2011, Señales y Avisos para Protección Civil, Colores, Formas y Símbolos a utilizar, de carácter preventivo como prohibitivo, informativo y de obligación.

e) No se exhibió constancia del cumplimiento a la norma NOM-002-STPS-2010, respecto a las Condiciones de Seguridad-Prevención y Protección Contra Incendios en los Centros de Trabajo, que garantiza la existencia de equipos contra incendios, rutas de evacuación y salidas de emergencia, así como retardantes de fuego.

f) No se contó con la constancia del cumplimiento a la norma NOM-001-SEDE-2012, referente a la utilización de las instalaciones eléctricas, ni se dieron a conocer los ajustes de la instalación eléctrica a utilizar.

g) No se exhibió constancia del cumplimiento a la norma NOM-004-SEDG-2004, sobre Instalaciones de aprovechamiento de Gas LP, Diseño y Construcción, respecto a los expendios de venta de alimentos o bebidas.

h) No se presentó constancia del cumplimiento de las disposiciones en materia de salud, medio ambiente, vialidad y pirotecnia, aspectos que requieren meses de preparación.

9- En conclusión, debido a que las condiciones físicas, de logística, protección civil y salubridad del Recinto Ferial no garantizaban la vida, salud e integridad física de los más de 80 mil asistentes estimados para este evento, ni de la población de las inmediaciones, ni del propio recinto, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), a través de la Dirección General de Protección Civil, determinó no otorgar el dictamen positivo para efectuarlo.

10- Los organizadores pretendieron realizar un evento que formalmente nunca se autorizó y que no contó con las condiciones mínimas de protección civil.

11- Ante estos incumplimientos y a la luz de lamentables experiencias antiguas y recientes en este tipo de espectáculos, a nivel nacional e internacional, el gobierno mexiquense reitera su posición de que no avalar este evento por el riesgo que representa.

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